Bajo el sugestivo titular “Vía
libre a alcalde samario para liquidar la concesión de recaudo de impuestos” el
periódico El Heraldo el día de hoy dio cuenta de la sentencia SU 772/2014
proferida por la Corte Constitucional relacionada con las acciones de tutela
impetradas por la empresa R & T S.A. con las que se franqueaban las
acciones administrativas del Alcalde de Santa Marta tendientes a la terminación
del contrato suscrito y vigente con esta empresa asociada a la gestión de
recaudo de los tributos de la ciudad (Ver EL HERALDO: http://bit.ly/1GI5ox5)
Lo que en su publicación no
dijo El Heraldo fueron las consideraciones que hizo la misma Corte en relación
a los antecedentes de dicho contrato y las posibilidades para su terminación
unilateral ni tampoco advirtió en su publicación que el mismo Alcalde y su
equipo jurídico habían cerrado la posibilidad de terminar unilateralmente por
vía administrativa, en los términos de la sentencia de la Corte, porque ya la
misma Alcaldía había renunciado tácitamente a esa posibilidad al impetrar una
demanda contenciosa persiguiendo la nulidad del mismo contrato.
No informó El Heraldo que
bajo el radicado Expediente: 47-001-2333-000-2014-00144-00 el Tribunal
Administrativo del Magdalena conoce de la demanda de nulidad contractual
interpuesta por la Alcaldía Distrital tendiente a la declaratoria de nulidad
del contrato 092 de 2002 suscrito con R & T S.A..
Que en el trámite de dicha demanda
la administración solicitó la suspensión del contrato como medida cautelar y
que ésta fue resuelta mediante providencia del 27 de mayo de este mismo año
negándole la petición y que la administración además enfrenta, dentro del mismo
proceso, una demanda de reconvención que no solo pone en discusión las pretensiones
de la administración sino que podría terminar pagando los errores jurídicos hasta
ahora cometidos.
Circunstancia ésta que hace
que los efectos de la tan publicitada sentencia de la Corte Constitucional resulten
inocuos habida cuenta que en un acto de desespero la administración se terminó
a sí misma cerrando las posibilidades, previas las correcciones procedimentales
pertinentes, de adelantar la gestión de terminación unilateral del contrato con
R & T S.A. por vía administrativa. Debiendo en este caso ahora esperar las
resultas de la demanda que cursa en el Tribunal Administrativo y seguir dando
cumplimiento al objeto del contrato por el término que este proceso demande.
Es decir; el Alcalde samario
tiene vía libre para liquidar nada.
Sobre las circunstancias de
esta concesión ampliamente habíamos informado. En abril de 2011 evidenciamos
los por menores de la misma (http://bit.ly/1nZD4yg).
Insistimos y advertimos sobre las fallas legales de esta contratación en marzo
de 2012 (http://bit.ly/1mvW8R0) y en
septiembre de 2013 no sólo mostramos como el Alcalde de Santa Marta le mentía
al país sino cómo además su equipo jurídico insistía en mantenerse en el error
no obstante que todas las opciones legales emprendidas por él resultaron
inocuas y equivocadas (http://bit.ly/1kPVSNc).
ALEJANDRO ARIAS
MIEMBRO DE LA FUNDACIÓN PARA LA PRENSA LIBRE
Twiter: @ALEJANDRO_ARIA2
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