lunes, 10 de noviembre de 2014

CASO R & T SANTA MARTA: LO QUE NO DIJO EL HERALDO

Bajo el sugestivo titular “Vía libre a alcalde samario para liquidar la concesión de recaudo de impuestos” el periódico El Heraldo el día de hoy dio cuenta de la sentencia SU 772/2014 proferida por la Corte Constitucional relacionada con las acciones de tutela impetradas por la empresa R & T S.A. con las que se franqueaban las acciones administrativas del Alcalde de Santa Marta tendientes a la terminación del contrato suscrito y vigente con esta empresa asociada a la gestión de recaudo de los tributos de la ciudad (Ver EL HERALDO: http://bit.ly/1GI5ox5)  

Lo que en su publicación no dijo El Heraldo fueron las consideraciones que hizo la misma Corte en relación a los antecedentes de dicho contrato y las posibilidades para su terminación unilateral ni tampoco advirtió en su publicación que el mismo Alcalde y su equipo jurídico habían cerrado la posibilidad de terminar unilateralmente por vía administrativa, en los términos de la sentencia de la Corte, porque ya la misma Alcaldía había renunciado tácitamente a esa posibilidad al impetrar una demanda contenciosa persiguiendo la nulidad del mismo contrato.

No informó El Heraldo que bajo el radicado Expediente: 47-001-2333-000-2014-00144-00 el Tribunal Administrativo del Magdalena conoce de la demanda de nulidad contractual interpuesta por la Alcaldía Distrital tendiente a la declaratoria de nulidad del contrato 092 de 2002 suscrito con R & T S.A..

Que en el trámite de dicha demanda la administración solicitó la suspensión del contrato como medida cautelar y que ésta fue resuelta mediante providencia del 27 de mayo de este mismo año negándole la petición y que la administración además enfrenta, dentro del mismo proceso, una demanda de reconvención que no solo pone en discusión las pretensiones de la administración sino que podría terminar pagando los errores jurídicos hasta ahora cometidos.

Circunstancia ésta que hace que los efectos de la tan publicitada sentencia de la Corte Constitucional resulten inocuos habida cuenta que en un acto de desespero la administración se terminó a sí misma cerrando las posibilidades, previas las correcciones procedimentales pertinentes, de adelantar la gestión de terminación unilateral del contrato con R & T S.A. por vía administrativa. Debiendo en este caso ahora esperar las resultas de la demanda que cursa en el Tribunal Administrativo y seguir dando cumplimiento al objeto del contrato por el término que este proceso demande.

Es decir; el Alcalde samario tiene vía libre para liquidar nada.

Sobre las circunstancias de esta concesión ampliamente habíamos informado. En abril de 2011 evidenciamos los por menores de la misma (http://bit.ly/1nZD4yg). Insistimos y advertimos sobre las fallas legales de esta contratación en marzo de 2012 (http://bit.ly/1mvW8R0) y en septiembre de 2013 no sólo mostramos como el Alcalde de Santa Marta le mentía al país sino cómo además su equipo jurídico insistía en mantenerse en el error no obstante que todas las opciones legales emprendidas por él resultaron inocuas y equivocadas (http://bit.ly/1kPVSNc).

ALEJANDRO ARIAS
MIEMBRO DE LA FUNDACIÓN PARA LA PRENSA LIBRE
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