El 4 de noviembre de 2011
afirmé que el proyecto del hotel en el Parque Tayrona con la franquicia Six
Senses resultaba ser la continuación de un experimento que ya había dado
resultados: los Ciruelos 1 y 2.
Proyecto que para la fecha
contaba con licencia ambiental y sus propietarios resultaban ser dos de los
accionistas de la sociedad Promotora Arrecifes SAS., los mismos del Six Senses.
Mediante Resolución 0631 del
3 de abril de 2009 el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial
otorgó licencia ambiental para el desarrollo del proyecto “ecoturístico Los Ciruelos” localizado en el Parque Nacional
Tayrona en terrenos adyacentes a la ribera nororiental de Bahía Concha, a la
altura de la Playa Los Ciruelos. Licencia otorgada a nombre de Julio Sánchez
Sierra, propietario de los terrenos, y a quien se le facultó construir 12 ecocabañas
en un área de 24 mil metros cuadrados al igual que dos muelles de acceso a la
infraestructura del proyecto, uno en cada playa, y se le concedió permisos para
el vertimiento de aguas negras y grises en todas las etapas de construcción y
puesta en funcionamiento del mismo. (Ver RESOLUC 0631 03ABR2009: http://sdrv.ms/WxYeRA)
Iniciativa a la que le
complacieron además solicitudes como el aprovechamiento forestal gratuito de
21,16 metros cúbicos de bosque tropical, bosque secundario y rastrojo tomados de
los mismos bosques del Parque Tayrona para el desarrollo del proyecto; la
exploración gratuita de aguas subterráneas para la construcción y puesta en
funcionamiento del mismo; la construcción de dos cabañas para los
administradores y la concesión subrepticia y gratuita, bajo la figura de
intervención, de la zona de playa en Los Ciruelos. (Ver RESOLUC
1704 08SEP2009: http://sdrv.ms/13mzXop)
Licencia que además se
expidió sin que se hubieren cumplido con las consultas previas con las
comunidades indígenas de la SNSM solo porque la Dirección de Etnias del Ministerio del Interior y de Justicia,
mediante oficio OFI108-322-DET-1000 del 10 de enero de 2008, certificó que “NO SE REGISTRAN comunidades indígenas en el área del proyecto”.
Paradójicamente el mismo Ministerio del Interior
revocó un oficio parecido a favor de la construcción del Six Senses por
comprobarse que tal certificación no correspondía a la realidad (certificaba
una falsedad) y con ella se desconocían derechos fundamentales de las etnias
indígenas de la SNSM (Ver
RES MININTERIOR 671 21AGO2012: http://sdrv.ms/13mA4Af)
pero la de Los Ciruelos, que presenta la misma falsedad, sospechosamente no fue
objeto del mismo trámite de revocatoria.
Por
otra parte el Ministerio de Medio Ambiente mediante Resolución 1405 del 19 de
julio de 2010 autorizó la cesión de la licencia ambiental autorizada a Julio
Sánchez Sierra en favor de la sociedad Reserva Los Ciruelos SAS que resultó
tener como socios fundadores a dos de los accionistas de la entonces sociedad
Promotora Arrecifes SAS, la misma del hotel siete estrellas. (Ver RESOLUC 1405 19JUL2010:
http://sdrv.ms/11ndND4 y ACTA CONST SOC RESERVA LOS
CIRUELOS SAS: http://sdrv.ms/RKiNgI)
Estos
socios fundadores son los señores Juan Rafael Hurtado Yoda y Nicolás Simón
Solano Tribín. El primero también representante
de una empresa accionista de Mayagüez, sociedad beneficiaria de Agro Ingreso
Seguro y citado por Daniel Coronell en un informe relacionado con aportes a la
campaña de Uribito (ver http://www.semana.com/opinion/decision-contraevidente/150973-3.aspx),
y el segundo igualmente beneficiario de AIS y cuya citación para imputación de
cargos había sido promulgada por la Fiscalía General de la Nación para finales
del año pasado.
Para facilitar la cesión de
marras las partes procedieron a registrar un título de cesión de tenencia de la
propiedad (operación prohibida por estar dicho terreno dentro de parque
naturales nacionales) apoyados en un contrato de arrendamiento protocolizado
mediante Escritura Pública 1171 de fecha 24 de junio de 2010 suscrita en la
Notaría Segunda de Santa Marta. (Ver MATRICULA
INMOB 080 – 27083: http://sdrv.ms/10mmD4H)
Claro que revisado el folio
de matrícula inmobiliaria 080 – 27083 se constató que éste se desprende de uno
de mayor extensión, el número 080 – 6989. Folio del que se han hecho serias
observaciones de carácter legal y que están consignadas en los estudios de
títulos contratados por la Dirección de Parques Nacionales a los juristas
Filipo Burgos Guzmán y Marlenny Díaz Cano. Estudios que apuntan a concluir que
los terrenos en los que se pretende construir dicho proyecto y al que se le otorgó
licencia ambiental pueden resultar ser de la Nación y no propiedad privada pues
al parecer hubo maniobras ilícitas para los registros y titulación de los
mismos. (Ver CONSULTORIA
FILIPO BURGOS GUZMAN: http://sdrv.ms/UbJ3zh
y INFORME DE
CONSULTORIA DIAZ CANO 2004 BAHIA CONCHA:
http://sdrv.ms/UFe652).
Irregularidades que fueron
puestas en conocimiento del Superintendente de Notariado y Registro, Jorge
Enrique Vélez, respecto del cual se pronunció en un informe publicado por
Noticias Uno. Informe que por cierto mereció un premio Simón Bolívar 2012 al
periodista Paul Bacares y en cuya investigación participamos la periodista
Dianas Salinas y el suscrito. (Ver http://www.youtube.com/watch?v=zhay9hDMt0A&feature=youtu.be)
Las mismas irregularidades que
posteriormente quedaron consignadas en el informe especial rendido por la
Superintendencia de Notariado y Registro a la Dirección de Parques Nacionales y
al señor Presidente de las República conforme consta en el punto 7 del título
de “casos especiales” de dicho informe (Ver Página 37 INFORME EJECUTIVO TAYRONA – SNR: http://sdrv.ms/UFe90w)
De todas estas irregularidades fue puesto en
antecedente el Subdirector de la ANLA, Rodrigo Suarez, con la esperanza que de
forma oficiosa avocara el conocimiento y dispusiera la revocatoria de la licencia
ambiental proferida a efectos de evitar otra impunidad en materia de
licenciamiento ambiental conforme a los criterios dispuestos por la Corte
Constitucional con la Sentencia C 746 de 2012; pero parece ser que la ANLA prefirió
caminar de la mano del Código Penal.
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