El Gobernador del Magdalena Cotes Habeych, en entrevista concedida a Radio Magdalena el pasado 13 de agosto, afirmó en relación a la tasa de seguridad que lleva hoy popularmente su nombre que “esa tasa contributiva es como su nombre lo indica una contribución y no un impuesto que ya se ha venido cobrando en otros departamentos del interior del país como Cundinamarca al igual que en el Atlántico, ya fue aprobada en la Guajira y en los actuales momentos se tramita en Córdoba ante la asamblea de ese departamento”.(Ver: http://bit.ly/TCtRdD)
Sea lo primero precisarle al Gobernador del Magdalena que porque diga que es tasa y no impuesto no deja de ser aquella un tributo que tiene un carácter obligatorio y al que se somete a las gentes a pagar sin contar con el consentimiento de ellas. La diferencia entre un impuesto y la tasa, para información del Gobernador, es que mientras en el impuesto hay ausencia de contraprestación para quien realiza el pago, en la tasa se espera obtener una retribución compensada en el servicio público que ha de beneficiar a quien cancela este gravamen. En este caso presunta Seguridad Ciudadana.
Qué bueno fuera que el Gobernador precisara qué quiere decir o qué quiere significar cuando cita que no es un impuesto y sí una tasa, pues salvo la diferencia enunciada son lo mismo.
Afirmó el Gobernador que la famosa tasa ya se cobra en entes territoriales como en Cundinamarca. Afirmación que es absolutamente falsa. Primero porque este ente territorial tiene creado el Fondo de Orden Público y Seguridad Ciudadana que se nutre de los recursos provenientes del FONSECON mediante la formulación y presentación técnica de proyectos relacionados con la seguridad. Recursos al que también pudiera acceder el Departamento del Magdalena si como Gobernador fuera igual de diligente al Gobernador de Cundinamarca.
Gracias a la diligencia del Gobernador de Cundinamarca el Ministerio del Interior destinó a través del Fondo de Seguridad y Convivencia -FONSECON-, $ 26 mil millones de pesos para la seguridad urbana de ese Departamento.( http://bit.ly/OWBCrz) Cosa que no ha pasado con el del Magdalena porque en vez de presentar proyectos para lograr recursos por esta vía se los quiere sacar a los empobrecidos Magdalenenses mediante una ordenanza de dudosas circunstancias.
A propósito, en este aspecto ¿el Contralor Departamental pudiera tener el gesto de informarnos si el Departamento ha recibido recursos de este Fondo nacional, en qué cuantía, cómo se invirtieron esos recursos, etc.?
Preciso que de dudosas circunstancias, primero porque con la Tasa Mello se creó una nueva fuente de financiación del Fondo Cuenta de Seguridad que castiga el consumo de energía eléctrica, lo cual no es legalmente de recibo por no tener un soporte normativo que así faculte al Gobernador ni a la Asamblea Departamental para crear esta tasa especial. Razón por la que la Gobernación de Cundinamarca se ha abstenido de imponer “tasas especiales” para nutrir su Fondo de Orden Público atendiendo el hecho que este aspecto legal no ha sido reglamentado por el Gobierno Nacional. Así se puede leer en el Concepto No.027 de fecha 22 de marzo de 2011 en respuesta a la consulta que elevara la Directora de Orden Público y Convivencia Ciudadana de la Gobernación de Cundinamarca. (Ver CONCEPTO 027: http://sdrv.ms/Qyzupo)
Insisto en afirmar de dudosa circunstancia en segundo lugar porque ya en el Magdalena se creó el “Fondo Cuenta Territorial de Seguridad y Convivencia Ciudadana del Departamento del Magdalena” mediante Ordenanza 14 de fecha 30 de diciembre de 2008 amparados en los mismos fundamentos legales y persiguiendo los mismos objetivos que hoy sospechosamente esgrime el Gobierno Departamental con el decidido concurso del Contralor Departamental, Alejandro Pérez Prada, quien ha mostrado un especial interés en defender y absolver las dudas sobre la Tasa Mello. (Ver ORDENANZA DE 2008:http://sdrv.ms/Pn3iqi) Ordenanza que no fue derogada con la nueva.
Qué bueno fuera que el Contralor Departamental informara a la ciudadanía cómo ha operado este Fondo, cuánta platica ha recaudado desde su creación, en qué se han invertido esos dineros, si esos dineros se han manejado de forma pulcra, etc.
Por otra parte no precisó el Contralor Departamental, Alejandro Pérez Parda, en sus amplias declaraciones a Radio Magdalena el día de hoy, que no en todo lo que afirman van a invertir los recursos de la Tasa Mello es legalmente posible.
De acuerdo con el Ministerio del Interior los recursos recaudados para nutrir los Fondos Cuentas Territoriales de Seguridad sólo se pueden invertirse en ciertos aspectos tales como: “dotación, material de guerra, reconstrucción de cuarteles y otras instalaciones, compra de equipo de comunicación, montaje y operación de redes de inteligencia, recompensas a personas que colaboren con la justicia y seguridad de las mismas, servicios personales, dotación y raciones para nuevos agentes y soldados o en la realización de gastos destinados a generar un ambiente que propicie la seguridad ciudadana”. (Ver: http://bit.ly/OWCfBE)
Tampoco dijo nada el Contralor Departamental cómo se manejará la doble tributación en relación con los municipios que hoy tienen creado y cobran la tasa de seguridad en los términos de la ley. Lo acoto porque diferente al Contralor Departamental hasta ahora nadie ha demostrado, en esa Administración, estar más informado y dispuesto a justificar la Tasa Mello que él.
Con una simpática formula nos despertó hoy la Gobernación: la Tasa Mello, el Contralor defensor y la Ordenanza del 2008.
E-mail: alejandroarias@dialnet.net.co
MIEMBRO DE LA ASOCIACIÓN DE PERIODISTAS INDEPENDIENTES DE COLOMBIA - A.P.I.C.
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