Ante la avalancha de
desinformación, liderada por periodistas pagos por entidades distritales
quienes están obligados a informar lo que la administración les ordena, luego
de conocerse la solicitud de remoción definitiva del cargo del Alcalde de Santa
Marta ante el Procurador General de la Nación por parte del Contralor Distrital
de la ciudad resulta importante hacer las siguientes precisiones:
Sí es cierto que mediante
Auto 195 del 4 de diciembre de 2012 la Contralora General de la Republica
decretó CONTROL EXCEPCIONAL, por solicitud del señor Aurelio Rosales en su
condición de Veedor Ciudadano, conforme
a la facultad que le otorga la ley 850 a las veedurías ciudadanas sobre los
siguientes asuntos:
Parque Tayku y Piscinas
Olímpicas que son de competencia del Contralor Departamental del Magdalena; el
TUS y el Colector Avenida del Ferrocarril que corresponden a recursos
nacionales por tratarse de Regalías y sobre el Mercado Público de Santa Marta,
asunto que ya fue trasladado a la Procuraduría.
Controles éstos que en nada
afectan el desempeño del Contralor Distrital de Santa Marta, Horacio Escobar, y
mucho menos tienen que ver con las 4 sanciones impuestas al Alcalde de Santa
Marta por negarse a rendir cuentas sobre el manejo de los recursos públicos y
por la que se solicitó su remoción del cargo.
Twitter: @ALEJANDRO_ARIA2
E-mail: alejandroarias@dialnet.net.co
MIEMBRO DE LA ASOCIACIÓN DE PERIODISTAS INDEPENDIENTES DE COLOMBIA - A.P.I.C
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